-
Ayudas Rehabilitación Residencial -
Ayudas accesibilidad universal -
PREE 5000 -
Anteproyecto de Ley de derecho a la vivienda -
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -
Plan Antifraude -
Compensación propietarios -
Contacta con nosotros -
Tablón de anuncios -
Cita Previa -
Registro de Demandantes -
FEDER -
Nuevas Ayudas de Vivienda -
Consulta Ayuda al Alquiler -
Plan de Vivienda de Cantabria -
012 - Teléfono de atención ciudadana -
Gesvican -
Oficina de Emergencia Habitacional -
Observatorio de la Vivienda y Suelo de Cantabria
Información General
-
¿Qué son?
Son ayudas destinadas a la movilización de viviendas vacías, de titularidad privada, para su incorporación al mercado del arrendamiento de vivienda, mediante la contratación de la correspondiente póliza de aseguramiento, así como, en su caso, la realización de las obras de acondicionamiento necesarias para su puesta en alquiler como domicilio habitual y permanente de quien vaya de residir en ellas.
-
¿A quién van dirigidas?
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas propietarias de una vivienda, que así lo soliciten y cumplan las condiciones y requisitos establecidos.
Cuando existan más de un propietario de la vivienda a arrendar, las condiciones y requisitos, para su calificación y posterior concesión y pago de las ayudas, serán exigibles para todos y cada uno de ellos.
-
Cuantía y duración de la subvención
Las ayudas consisten en una subvención para:
El pago de la Póliza de Aseguramiento
La cuantía de la subvención será del 100% del importe del contrato de aseguramiento, con el límite máximo de 250 euros por vivienda al año, a percibir de forma periódica, durante un plazo máximo de 5 años.
La realización de Obras de Acondicionamiento
Una subvención única del 40% del importe invertido, en su caso, en la contratación de los trabajos necesarios para la adecuación interior de la vivienda, con un máximo de 1.000 euros por vivienda.
-
¿Dónde y cómo solicitar las ayudas?
Para obtener las ayudas hay que realizar dos pasos.
-
El Primer paso es solicitar y obtener la calificación de vivienda vacía movilizada para su arrendamiento.
-
El Segundo paso es ,una vez obtenida esta calificación de arrendamiento protegido, solicitar anualmente el pago de las ayudas durante los años que figuren en la misma.
-