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Información General
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¿Qué es?
Es una ayuda destinada a facilitar a los inquilinos de vivienda, el pago de la renta de alquiler de la vivienda que constituya su domicilio habitual y permanente.
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Cuantía de la Subvención
Se concederá a los beneficiarios una subvención del 40% de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda.
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¿Cuándo se puede solicitar?
Cerrado el plazo.
Hasta el 28 de febrero de 2015
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¿Dónde?
Las solicitudes se presentarán en el Registro Electrónico Común https://rec.cantabria.es, en el Registro Delegado de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura (calle Alta, nº 5 de Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (Cualquier registro del Gobierno de Cantabria; Ayuntamientos con Convenio vigente y Delegación del Gobierno).