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2018-2021 Ayudas a la movilización de vivienda vacía para su arrendamiento
Información general
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¿Qué son?
Son ayudas destinadas a la movilización de viviendas vacías, de titularidad privada, para su incorporación al mercado del arrendamiento de vivienda, mediante la contratación de la correspondiente póliza de aseguramiento, así como, en su caso, la realización de las obras de acondicionamiento necesarias para su puesta en alquiler como domicilio habitual y permanente de quien vaya de residir en ellas.
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¿A quién van dirigidas?
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas propietarias de una vivienda, que así lo soliciten y cumplan las condiciones y requisitos establecidos.
Cuando existan más de un propietario de la vivienda a arrendar, las condiciones y requisitos, para su calificación y posterior concesión y pago de las ayudas, serán exigibles para todos y cada uno de ellos.
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Cuantía y duración de la subvención
Las ayudas consisten en una subvención para:
El pago de la Póliza de Aseguramiento
La cuantía de la subvención será del 100% del importe del contrato de aseguramiento, con el límite máximo de 250 euros por vivienda al año, a percibir de forma periódica, durante un plazo máximo de 5 años.
La realización de Obras de Acondicionamiento
Una subvención única del 40% del importe invertido, en su caso, en la contratación de los trabajos necesarios para la adecuación interior de la vivienda, con un máximo de 1.000 euros por vivienda.
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¿Dónde y cómo solicitar las ayudas?
Para obtener las ayudas hay que realizar dos pasos.
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El Primer paso es solicitar y obtener la calificación de vivienda vacía movilizada para su arrendamiento.
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El Segundo paso es ,una vez obtenida esta calificación de arrendamiento protegido, solicitar anualmente el pago de las ayudas durante los años que figuren en la misma.
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FOLLETO
Resoluciones de Concesión y Pago y de Denegaciones
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Ayudas Movilización Vivienda Vacía para su arrendamiento: Justificaciones presentados hasta el 7 de Julio de 2020
Fecha de Publicación: 21/08/2020 Fecha de Pago: 28/12/2020
En relación con el expediente denominado "Subvenciones a la movilización de vivienda vacía para su arrendamiento (Plan de Vivienda 2018-2021)", considerando lo establecido en el art. 38 del Decreto 4/2018, de 1 de febrero, por el que se aprueba la concesión de ayudas a la movilización de vivienda vacía para su arrendamiento en Cantabria, la Consejera de Empleo y Políticas Sociales ha resuelto, con fecha 17 de agosto de 2020, conceder las subvenciones correspondientes a las justificaciones presentadas hasta el 7 de julio de 2020 (10.299,27€) a las personas y por los importes que se relacionan detalladamente en el anexo a la Resolución de la Consejera.
El abono de las subvenciones se efectuará a través de la Dirección General de Tesorería y Presupuestos, de conformidad con lo regulado en el apartado 5 de la regla 18ª de la Resolución de 29 de diciembre de 2000, por la que se aprueba la Instrucción Provisional para la Administración Financiera de la Comunidad Autónoma de Cantabria. "La fecha del abono de las ayudas se informará oportunamente mediante anuncio en esta página web"
Anexos:
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Ayudas Movilización Vivienda Vacía para su arrendamiento: Justificaciones presentadas hasta febrero de 2021.
Fecha de publicación: 27/04/2021 Fecha de Pago: 15/04/2021
En relación con el expediente denominado "Subvenciones a la movilización de vivienda vacía para su arrendamiento (Plan de Vivienda 2018-2021)", considerando lo establecido en el art. 38 del Decreto 4/2018, de 1 de febrero, por el que se aprueba la concesión de ayudas a la movilización de vivienda vacía para su arrendamiento en Cantabria, la Consejera de Empleo y Políticas Sociales ha resuelto, con fecha 1 de marzo de 2021, conceder las subvenciones correspondientes a las justificaciones presentadas hasta febrero de 2021 (6.184,39€) a las personas y por los importes que se relacionan detalladamente en el anexo a la Resolución de la Consejera.
El abono de las subvenciones se efectuará a través de la Dirección General de Tesorería y Presupuestos, de conformidad con lo regulado en el apartado 5 de la regla 18ª de la Resolución de 29 de diciembre de 2000, por la que se aprueba la Instrucción Provisional para la Administración Financiera de la Comunidad Autónoma de Cantabria. "La fecha del abono de las ayudas se informará oportunamente mediante anuncio en esta página web"
Anexos:
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Ayudas Movilización Vivienda Vacía para su arrendamiento: Justificaciones presentadas hasta noviembre de 2021.
Fecha de publicación: 03/12/2021
En relación con el expediente denominado "Subvenciones a la movilización de vivienda vacía para su arrendamiento (Plan de Vivienda 2018-2021)", considerando lo establecido en el art. 38 del Decreto 4/2018, de 1 de febrero, por el que se aprueba la concesión de ayudas a la movilización de vivienda vacía para su arrendamiento en Cantabria, la Consejera de Empleo y Políticas Sociales ha resuelto, con fecha 23 de noviembre de 2021, conceder las subvenciones correspondientes a las justificaciones presentadas hasta noviembre de 2021 (500,00€) a las personas y por los importes que se relacionan detalladamente en el anexo a la Resolución de la Consejera.
El abono de las subvenciones se efectuará a través de la Dirección General de Tesorería y Presupuestos, de conformidad con lo regulado en el apartado 5 de la regla 18ª de la Resolución de 29 de diciembre de 2000, por la que se aprueba la Instrucción Provisional para la Administración Financiera de la Comunidad Autónoma de Cantabria. "La fecha del abono de las ayudas se informará oportunamente mediante anuncio en esta página web"
Anexos:
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Ayudas Movilización Vivienda Vacía para su arrendamiento: Anual 2021
Fecha de publicación: 03/12/2021
En relación con el expediente denominado "Subvenciones a la movilización de vivienda vacía para su arrendamiento (Plan de Vivienda 2018-2021)", considerando lo establecido en el art. 38 del Decreto 4/2018, de 1 de febrero, por el que se aprueba la concesión de ayudas a la movilización de vivienda vacía para su arrendamiento en Cantabria, la Consejera de Empleo y Políticas Sociales ha resuelto, con fecha 23 de noviembre de 2021, conceder las subvenciones correspondientes a las justificaciones correspondientes a la anualidad 2021 (500,00€) a las personas y por los importes que se relacionan detalladamente en el anexo a la Resolución de la Consejera.
El abono de las subvenciones se efectuará a través de la Dirección General de Tesorería y Presupuestos, de conformidad con lo regulado en el apartado 5 de la regla 18ª de la Resolución de 29 de diciembre de 2000, por la que se aprueba la Instrucción Provisional para la Administración Financiera de la Comunidad Autónoma de Cantabria. "La fecha del abono de las ayudas se informará oportunamente mediante anuncio en esta página web"
Anexos:
Notificaciones de resoluciones y requerimientos a través del BOE
En construcción.
Recursos
En construcción.
DOCUMENTACION
- MVV-1 Solicitud de calificación de vivienda vacía movilizada
- MVV-2 Autorización al propietario para actuar en nombre del resto de copropietarios de la vivienda
- MVV-3 Solicitud de concesión y pago de ayudas a la movilización de vivienda vacía para su arrendamiento
- MVV-4 Solicitud de concesión y pago anual de ayudas a la movilización de vivienda vacía para su arrendamiento
- MVV-5 Solicitud de modificación de calificación de vivienda vacía para su arrendamiento.
- 001-APD Protección de Datos Personales