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2018-2021 Ayudas a personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual
Información general
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¿Qué son?
Son unas ayudas destinadas a ofrecer una vivienda del fondo de viviendas para alquiler social o del parque público de alquiler, a las personas afectadas por procesos de desahucio de su vivienda habitual, al ser objeto de lanzamiento derivado de ejecución hipotecaria o de demanda de desahucio por impago de la renta del alquiler y, en ambos casos, no dispongan de medios económicos para acceder al disfrute de una nueva vivienda.
Asimismo, podrán acogerse a este programa quienes mediante lanzamiento derivado de una ejecución por un préstamo no hipotecario no puedan o no vayan a poder disponer de la que ha sido su vivienda habitual y no dispongan de medios económicos para acceder al disfrute de una nueva vivienda.
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¿A quién van dirigidas?
Podrán ser beneficiarios de las ayudas a personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual contempladas en este programa, las personas físicas arrendatarias de una vivienda del parque público de alquiler, titulares de una calificación de alquiler protegido vigente, que así lo soliciten y cumplan las condiciones y requisitos establecidos para su concesión y pago:
1- Personas afectadas por procesos de desahucio de su vivienda habitual, al ser objeto de lanzamiento derivado de la ejecución de un préstamo hipotecario, de un préstamo no hipotecario o que hayan dado su vivienda habitual en pago de deuda.
2.- Personas afectadas por procesos de desahucio de su vivienda habitual, al ser objeto de lanzamiento derivado una demanda de desahucio por impago de la renta del alquiler, siempre que en el momento de interposición de la demanda las mensualidades abonadas sean más de doce y superen a las no abonadas.
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Cuantía y duración de la subvención
Cuantía
Se concederá a los beneficiarios una subvención del 80% de la renta mensual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente.
Duración
El período de concesión en ningún caso podrá superar los 36 meses consecutivos, contados desde el mes siguiente al de presentación de la solicitud de calificación, ni el 31 de diciembre del año 2021.
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¿Dónde y cómo solicitar las ayudas?
Para obtener las ayudas hay que realizar dos pasos.
- El Primer paso es solicitar y obtener la calificación de arrendamiento protegido.
- Lo Segundo Paso es, una vez obtenida esta calificación de arrendamiento protegido, solicitar mensualmente el pago de la ayuda durante los meses que figuren en la misma.
FOLLETO
DOCUMENTACIÓN
- ALQ-1 Solicitud de calificación de alquiler protegido
- ALQ-2 Declaración de ingresos en el ejercicio 2018
- ALQ-3 Declaración de ingresos mínimos de la unidad de convivencia
- ALQ-4 Autorización del arrendador (Persona física)
- ALQ-5 Solicitud de concesión y pago mensual de las ayudas al pago del alquiler
- ALQ-6 Solicitud de modificación de la calificación de arrendamiento protegido
- 001-APD Protección de Datos Personales