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Compra Vivienda Nueva Protegida

Fecha actualización: 05/05/2011
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COMPRADORES DE ESTAS VIVIENDAS 

  • Personas físicas que adquieran alguna vivienda de las mencionadas y cuyo domicilio fiscal esté situado en Cantabria. 
  • Adjudicatarios miembros de cooperativas o de comunidades de propietarios, a partir de que se les adjudique la propiedad de una vivienda individualizada.
  • Promotores individuales de viviendas protegidas de uso propio, a partir del momento de la obtención de la calificación definitiva de su vivienda.
  • Personas jurídicas que adquieran las viviendas para arrendar o para cederlas a personas físicas que cumplan las condiciones generales de acceso a las viviendas protegidas.

REQUISITOS QUE HAN DE CUMPLIR LOS COMPRADORES PARA ACCEDER A LAS AYUDAS

  • No exceder, en ningún caso, de unos ingresos hasta de 2,5; 4,5 ó 6,5 veces el IPREM (según el tipo de vivienda) y de unos precios máximos de venta, adjudicación o renta según la normativa específica. 
  • Obtener unos ingresos mínimos brutos anuales de 1 vez el IPREM procedentes de Rendimientos de trabajo y/o actividades económicas.
  • Las superficies útiles máximas no pueden superar, con carácter general, los 90 m² útiles (120 m² en el caso de viviendas de régimen autonómico).
  • Destinar la vivienda a residencia habitual y permanente y establecer en ella su domicilio fiscal. 
  • No tener ni haber tenido viviendas en propiedad ni derecho real de uso o disfrute (salvo excepciones).       

EN QUÉ CONSISTEN LAS AYUDAS 

  • Reconocimiento de un préstamo convenido. 
  • Si se cumplen las condiciones de primer acceso a la vivienda:
    - Subsidiación en el pago de las cuotas.
    - Ayudas autonómicas directas a la entrada.

Para mayor información entre en la sección correspondiente.




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